La fabricación de los vehículos según los estándares en los que fueron homologados permite que la circulación de estos, una vez que ha sido matriculados, se haga conforme a las medidas y contextos legales de cada marco legislativo.

La inspección técnica de vehículos, más conocida por las siglas ITV, es una de las herramientas que legalmente se utilizan para validar y permitir la circulación de un vehículo, una vez que ha pasado un determinado tiempo tras su registro en el pertinente organismo competente en materia de tráfico.

Así, las evaluaciones que se llevan a cabo durante las revisiones de la ITV suponen un análisis en profundidad de los elementos de funcionamiento que dan fe del correcto funcionamiento de un vehículo y, por ello, aseguran unos estándares en cuanto a la seguridad.

A modo de resumen, el examen de la ITV incluye nueve puntos básicos de control que son:

  • Identificación del vehículo
  • Acondicionamiento exterior, carrocería y chasis
  • Acondicionamiento interior
  • Señalización y alumbrado
  • Emisiones contaminantes
  • Sistema de frenado
  • Dirección
  • Ruedas, suspensión y ejes
  • Motor y transmisión

El paso de los años y, sobre todo, de los kilómetros, afecta a todos los componentes que integran un vehículo y, por ello, al margen del uso y disfrute de los automóviles, la frecuencia entre la compra y la primera ITV y las consecutivas inspecciones referentes a los vehículos de tipo turismo de uso privado dedicados al transporte de personas con capacidad de hasta nueve plazas, incluido el conductor además del resto de vehículos a motor, viene recogido en el Real Decreto 711/2006, de 9 de junio, donde se establece un calendario según la clase y la edad del vehículo.

¿Cuándo tiene que pasar un coche la primera ITV?

Según este texto legal, un turismo privado con menos que tenga menos de 4 años estará exento y deberá someterse a la primera inspección al cumplirse los 4 años de ser matriculado.

Cabe señalar que, en caso de que se traten de vehículos mixtos, es decir, aquellos que están homologados para el transporte simultáneo de personas, hasta 9 plazas, o mercancías, la primera ITV debe suceder a los 2 años de ser registrado en Tráfico.

En el caso de los vehículos de servicios públicos, como son los taxis y los VTC o las ambulancias, ha de someterse a la inspección anualmente durante el plazo de los 5 primeros años de ser matriculado.

¿Cada cuántos años debe hacerse la ITV?

Una vez que un turismo aprueba la obligatoria revisión a los 4 años de ser matriculado y, por lo tanto, tras ser sometido a la primera ITV, las siguientes se realizarán cada 2 años, es decir, a los 6, 8 y 10 años de ser registrado.

En caso de ser un vehículo mixto, tras la inspección inicial, pasará la ITV cada 2 años hasta cumplir 6 y, respecto de las ambulancias y vehículos de servicios públicos, desde los 5 años, deberá ser sometido a revisión cada 6 meses.

¿Cuándo se vuelve anual la ITV para un coche?

Como se recoge en el Real Decreto, un turismo deberá ser sometido a una inspección anual una vez se cumplan los 10 años desde su matriculación. En el caso de los homologados como mixtos, esta anualidad se hará efectiva desde los 2 y hasta los 5 años.